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Empresa privada puede recurrir a la desobediencia tributaria ante incumplimiento del Estado

****Theódulo Báez Argüello, abogado especialista en temas fiscales, explica que el marco legal que permitiría a la empresa privada hacer uso de ese recurso de lucha y cómo protegerse para evitar multas o incluso el cierre de sus negocios


Como respuesta al incremento de la represión gubernamental —que en 84 días ha cobrado la vida de más de trescientas vidas—, diversos sectores de la sociedad han llamado a la empresa privada a declararse en desobediencia tributaria. Al no recaudar impuestos el Gobierno no podrá seguir financiando a la Policía Nacional y a grupos paramilitares que reprimen a la población; y a las empresas que enfrentan escasez de flujo, les permitiría garantizar el salario a sus trabajadores.


“La desobediencia tributaria también es conocida como desobediencia fiscal, está comprendida dentro de la desobediencia civil y es totalmente legítima. La propuesta es respaldada por la Academia de Ciencias de Nicaragua, especialistas fiscales y otros profesionales”, dice Theódulo Báez Argüello, abogado especialista en temas de tributación.


Esta consiste en “no pagar los impuestos ahora, para pagarlos cuando Nicaragua tenga un Estado de derecho real”. Pero tampoco se trata de negarse a pagar simplemente por hacerlo, sino porque se han incumplido algunas obligaciones del Estado y para salvaguardar el empleo.


“Entonces la idea es declarar y no pagar para que quede constancia de cuánto es lo que debemos y, cuando llegue el momento, pagar lo indicado. Una vez que declaremos y no paguemos, el sistema se va a bloquear, por lo que antes de hacerlo tenemos por ejemplo que ir a sacar los talonarios de facturas”, sostiene Báez Argüello.


Y para evitar las multas que implica la falta de pago de los impuestos, los especialistas aconsejan hacerlo mediante una moratoria tributaria.

Para declarase en moratoria fiscal, según el especialista, lo más importante es tener claro cuál es la base legal para hacerlo. “Para establecer esta base legal lo primero es determinar que existe una causa justa para no pagar los tributos. Esto es un requisito además para que no apliquen las sanciones pertinentes”, explicó.


“La causa justa es recogida de manera general en el Código Civil para todas las obligaciones y también es recogida en el Código Tributario, específicamente a través de su artículo 129 que claramente establece que no se aplicarán multas o sanciones cuando existan, entre otros, casos fortuitos, fuerza mayor, incapacidad absoluta o haya circunstancias adjudicables al Fisco para el no cumplimiento”, añadió.


Báez Argüello agregó que “en este caso estamos hablando de los movimientos cívicos que hoy vivimos en Nicaragua y, por otro lado, también tenemos lo establecido en el artículo 89 del Código del Trabajo, que plantea que el salario es preferente ante cualquier crédito. Es decir que el salario es lo primero que uno debe pagar antes que otras deudas o compromisos. De igual forma, el artículo 52 del Código Tributario establece la prelación de las obligaciones tributarias ante otras obligaciones con excepción de los salarios, es decir, el Código Tributario también reconoce que primero se deben pagar los salarios”.


Otro motivo suficiente para declararse en moratoria fiscal es el incumplimiento de algunos deberes “mínimos” del Estado, entre otros, son proporcionar atención médica, seguridad y educación a la población. “El incumplimiento de estos deberes es suficiente para soportar esta medida, ya que los tributos ayudan al Estado a cumplir con su rol facilitador que en este momento se encuentra interrumpido”, explicó Báez Argüello.


Escoger un solo tributo


Quienes promueven la desobediencia tributaria aclaran que las empresas que decidan acogerla no tienen que agotar todas las opciones que plantea esta expresión de protesta, sino elegir los tributos que les provoquen menos problemas.


“Dependiendo del sector donde nos encontremos se puede aplicar la desobediencia sobre ciertos tributos, sin que se deje de hablar de una desobediencia tributaria”, dijo Báez Argüello.


Temor a que les cierren


Algunos empresarios consideran que declararse en desobediencia tributaria es darle al Gobierno un motivo suficiente para cerrar sus empresas. Báez Argüello considera que si lleva el proceso legalmente sería muy difícil que esto ocurra.


“Porque la falta de pago genera las multas correspondientes y este mes a mes van aumentando, hasta el máximo que establece la ley. De manera general el Fisco busca recuperar la plata y la ley establece arreglos de pagos”, indicó Báez Argüello, pero admite que en la situación actual el Gobierno “podría llegar a esa medida extrema”.


Pese a esto, asevera que muchas pequeñas y medianas empresas se han sumado. Asegura que el golpe fuerte tiene que venir de los grandes.


Temen cierre de empresas


Representantes del sector empresarial, principalmente de las pequeñas y medianas empresas (pymes), temen que al declararse en desobediencia tributaria el Gobierno se sienta con las armas necesarias para cerrar las empresas de las personas que considere contrarias a su régimen.


“Es romper el marco legal y si esto no se endereza, el Gobierno te puede cerrar y creo que nosotros no podemos caer en un marco de ilegalidad”, dijo un representante del gremio que prefiere no ser citado.


No obstante, admite que ante la crisis actual que mantiene semiparalizadas varias actividades económicas, muchas empresas no podrán pagar los impuestos por la escasez de flujo. “Sin embargo, esa es otra cosa”, aseguró. contribuyentes.


“Hay que entender que la desobediencia no necesariamente se hace igual en todos los sectores. Y en parte pequeños y medianos se han sumado, porque más que una medida de presión ha servido para garantizar los empleos, ya que la mayoría vive de su flujo”, sostuvo el especialista.


Preparar recurso


El especialista en tributación Theódulo Báez Argüello explica que hay que tener preparado el recurso administrativo por si llega una sanción o una multa.


“Dicho escrito se presenta ante la autoridad tributaria cuando quiera sancionarnos y con él vamos a defender nuestro derecho y debemos recordar que una vez que se presenta este recurso se suspende el acto, inclusive la autoridad tiene que emitir la solvencia fiscal porque hay un proceso administrativo como tal y mientras no lleguemos a la última instancia ni el fisco ni yo tenemos la razón”, sostuvo.

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