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Proceso Monitorio beneficiará a comerciantes otorgantes de créditos

Afirman miembros de la Comisión Técnica de Implementación, Capacitación y Seguimiento al CPCN de la Corte Suprema de Justicia

Los Dres. Sandra Molina Cabezas y Osman Orlando Velásquez, en el programa “Una hora con la Justicia”

Miles de pequeños comerciantes que otorgan créditos sin garantía a sus clientes podrán recuperar más rápido el dinero interponiendo su demanda a través del Proceso Monitorio, establecido en el nuevo Código Procesal Civil en vigor desde el 10 de abril.


Esta afirmación fue realizada este 20 de abril por la doctora Sandra Molina Cabezas, jueza séptimo local Civil Oral de Managua y el doctor Osman Orlando Velásquez Sirias, asesor legal de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia durante el programa de radio “Una hora con la Justicia”


En su comparecencia ambos especialistas del Derecho Civil explicaron de forma sencilla este proceso que “solo podrá ser utilizado para la interposición de pretensiones cuyo fin sea el pago de una deuda de dinero, en cantidad líquida, vencida y exigible, conforme la cuantía que determine la Corte Suprema de Justicia”.


La CSJ estableció mediante Acuerdo 30-2017 que los Juzgados Locales Civiles y los Juzgados Locales Únicos serán competentes para resolver las pretensiones que se interpongan mediante el proceso monitorio en los casos cuyo monto sea igual o menor a C$ 50 mil córdobas.


Este nuevo mecanismo --explicaron los funcionarios a los radioescuchas del programa del Poder Judicial--, es un proceso dinámico en el que cualquier persona puede demandar al deudor a través de un trámite sencillo.


“La persona acreedora podrá llenar un formulario, no necesita tener escritura pública, puede presentar facturas, el cuaderno de la pulpería o cualquier documento que considere como prueba”, explicó la doctora Sandra Molina.


La jueza séptimo local Civil Oral de Managua y el asesor legal de la Sala Civil de la CSJ son miembros de la Comisión Técnica de Implementación, Capacitación y Seguimiento al CPCN del Poder Judicial.


50 solicitudes


El formulario para el proceso monitoreo y otros establecidos en el CPCN se encuentran en la Web del Poder Judicial www.poderjudicial.gob.ni, puede ser obtenido ingresando al sitio Código Procesal de Nicaragua que está ubicado en el menú izquierdo de esta página principal, luego ingresa el sitio Formatos CPCN localizado en el menú superior de este enlace.


“Cualquier persona puede imprimir el formulario, para el proceso monitorio no es necesario el acompañamiento de un abogado. En este sitio Web, inclusive existe un espacio de preguntas y respuestas para los ciudadanos o abogados que necesiten hacer consultas algo específico al Código”, agregó la doctora Molina.


A través del Formulario de solicitud de requerimiento de pago en proceso monitorio explicó la jueza “el acreedor pone en conocimiento al judicial que ´Juan Pérez´, debe cierta cantidad de dinero, luego el juez manda a notificar al demandado. El ciudadano puede aceptar y pagar y ahí termina el caso”.


Agregó, “en caso de no llegar a ningún acuerdo, la parte acreedora podrá continuar la demanda por medio de la vía sumaria que es un proceso costoso, tedioso por todos los requisitos que establece el nuevo Código”.


El magistrado Gerardo Rodríguez, presidente del TAM informó que en los primeros dos días de entrada en vigencia del CPCN --entre el 18 y 19 de abril-- ingresaron 50 causas civiles entre apelaciones, auxilios judiciales, declaratorias de herederos, y rectificación de partidas de nacimiento.

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