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Presidenta CSJ insta a jueces a declarar caducos casos abandonados por las partes

“No podemos ser cómplices de litigantes de mala fe, nosotros no somos delincuentes, somos judiciales para administrar justicia de buena fe”, dijo categóricamente la Dra. Alba Luz Ramos Vanegas

La Dra. Alba Luz Ramos Vanegas, presidenta de la CSJ, exhortando a los jueces civiles a declarar la caducidad en aquellos expedientes abandonados por las partes.

La presidenta de la Corte Suprema de Justicia, doctora Alba Luz Ramos Vanegas, instó a juezas, jueces y magistrados de la materia civil de todo el país, a declarar la caducidad y dar por concluidos todos los expedientes sin impulso procesal de conformidad con la ley, para apoyar así la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil.


Durante un encuentro virtual por el sistema de video conferencia, con magistrados de apelaciones, juezas y jueces civiles locales y de distrito de todo el país, la magistrada Ramos alertó sobre el uso de ciertas prácticas abogadiles para evitar que los judiciales cierren definitivamente los casos.


“Hay que sancionar al juez que participe de la mala fe del litigante, cuando las causas se cierran por caducidad hay que cerrarlas por completo, con todo lo que arrastren; no hay por qué reactivarlas, no podemos ser cómplices de litigantes de mala fe, nosotros no somos delincuentes, somos judiciales para administrar justicia de buena fe”, exhortó categóricamente la magistrada.


La Comisión Técnica de Implementación, Capacitación y Seguimiento del nuevo Código Procesal Civil de Nicaragua, orientó a los judiciales a apurar el cierre de las causas abandonadas por las partes, de conformidad con una circular de la Corte Suprema de Justicia del 30 de septiembre de 2013.


Auto-sentencia


Parte del personal de la materia civil de la circunscripción Managua, que participó en la videoconferencia nacional.


Dicha circular manda decretar de oficio o a petición de parte la caducidad de los expedientes judiciales mediante una auto-sentencia, cuando no hayan sido impulsados por las partes durante un año.


Según cifras de la Dirección de Gestión de Despachos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia, en el país existen 35,149 asuntos judiciales civiles en trámite, pero de ellos al menos 10,351 asuntos no han sido impulsados por las partes, así que perfectamente se les puede decretar la caducidad de oficio.

Esto reduciría el universo de asuntos a no más de 24,798 expedientes, al inicio de la aplicación de la nueva modalidad de juicios orales y públicos.


“Una vez que un expediente esté abandonado y cumpla los 240 días sin impulso procesal, el juez debe aplicar automáticamente la caducidad de esa causa y de esta manera tendrá un inventario correcto de los casos que seguirán su curso en lo escrito, antes de que pasemos en los próximos días al proceso civil oral”, explicó la doctora Ramos.


De esta forma, si los judiciales cumplen con la disposición legal, “cuando apliquemos el nuevo Código Procesal Civil y los juicios sean completamente orales, tendremos un total de 24 mil 639 asuntos escritos, que seguirán siendo evacuados de forma escrita hasta erradicarlos”, concluyó la presidenta del Poder Judicial.

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